mickysnc
Bovino adicto
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Legislación Federal (Vigente al 1 de abril de 2010)
CODIGO PENAL FEDERAL
LIBRO SEGUNDO
TÍTULO DÉCIMOQUINTO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL
CAPÍTULO I HOSTIGAMIENTO SEXUAL, ABUSO SEXUAL, ESTUPRO Y VIOLACIÓN
Artículo 259 bis
Folio: 7966
ARTICULO 259 BIS. AL QUE CON FINES LASCIVOS ASEDIE REITERADAMENTE A PERSONA DE CUALQUIER SEXO, VALIENDOSE DE SU POSICION JERARQUICA DERIVADA DE SUS RELACIONES LABORALES, DOCENTES, DOMESTICAS O CUALQUIERA OTRA QUE IMPLIQUE SUBORDINACION, SE LE IMPONDRA SANCION HASTA DE CUARENTA DIAS MULTA. SI EL HOSTIGADOR FUESE SERVIDOR PUBLICO Y UTILIZACE (SIC) LOS MEDIOS O CIRCUNSTANCIAS QUE EL ENCARGO LE PROPORCIONE, SE LE DESTITUIRA DE SU CARGO.
SOLAMENTE SERA PUNIBLE EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL, CUANDO SE CAUSE UN PERJUICIO O DAÑO.
SOLO SE PROCEDERA CONTRA EL HOSTIGADOR, A PETICION DE PARTE OFENDIDA.
Artículo 262
Folio: 7969
ARTICULO 262. AL QUE TENGA COPULA CON PERSONA MAYOR DE DOCE AÑOS Y MENOR DE DIECIOCHO, OBTENIENDO SU CONSENTIMIENTO POR MEDIO DE ENGAÑO, SE LE APLICARA DE TRES MESES A CUATRO AÑOS DE PRISION.
Artículo 263
Folio: 7970
ARTICULO 263. EN EL CASO DEL ARTICULO ANTERIOR, NO SE PROCEDERA CONTRA EL SUJETO ACTIVO, SINO POR QUEJA DEL OFENDIDO O DE SUS REPRESENTANTES.
Fuente
http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/8/313.htm?s=
Asi que no habiendo denuncia de la parte afectada, no hay delito.
CODIGO PENAL FEDERAL
LIBRO SEGUNDO
TÍTULO DÉCIMOQUINTO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL
CAPÍTULO I HOSTIGAMIENTO SEXUAL, ABUSO SEXUAL, ESTUPRO Y VIOLACIÓN
Artículo 259 bis
Folio: 7966
ARTICULO 259 BIS. AL QUE CON FINES LASCIVOS ASEDIE REITERADAMENTE A PERSONA DE CUALQUIER SEXO, VALIENDOSE DE SU POSICION JERARQUICA DERIVADA DE SUS RELACIONES LABORALES, DOCENTES, DOMESTICAS O CUALQUIERA OTRA QUE IMPLIQUE SUBORDINACION, SE LE IMPONDRA SANCION HASTA DE CUARENTA DIAS MULTA. SI EL HOSTIGADOR FUESE SERVIDOR PUBLICO Y UTILIZACE (SIC) LOS MEDIOS O CIRCUNSTANCIAS QUE EL ENCARGO LE PROPORCIONE, SE LE DESTITUIRA DE SU CARGO.
SOLAMENTE SERA PUNIBLE EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL, CUANDO SE CAUSE UN PERJUICIO O DAÑO.
SOLO SE PROCEDERA CONTRA EL HOSTIGADOR, A PETICION DE PARTE OFENDIDA.
Artículo 262
Folio: 7969
ARTICULO 262. AL QUE TENGA COPULA CON PERSONA MAYOR DE DOCE AÑOS Y MENOR DE DIECIOCHO, OBTENIENDO SU CONSENTIMIENTO POR MEDIO DE ENGAÑO, SE LE APLICARA DE TRES MESES A CUATRO AÑOS DE PRISION.
Artículo 263
Folio: 7970
ARTICULO 263. EN EL CASO DEL ARTICULO ANTERIOR, NO SE PROCEDERA CONTRA EL SUJETO ACTIVO, SINO POR QUEJA DEL OFENDIDO O DE SUS REPRESENTANTES.
Fuente
http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/8/313.htm?s=
Asi que no habiendo denuncia de la parte afectada, no hay delito.