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04/10/2016
De acuerdo con el diario La Jornada, el Poder Judicial de la Federación (PJF) aplica un“doble rasero” (criterio de valoración de una cosa o persona) en materia de pago de pensiones. Por una parte es generoso con “pensiones complementarias” para ministros, magistrados y jueces federales, que les permiten incrementar sus ingresos hasta 80 % del sueldo mensual que recibían en activo
Pero por otro lado, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ratificado que el monto máximo de pensiones para trabajadores del IMSS y del ISSTE debe ser el equivalente a 10 salarios mínimos mensuales.
Asimismo, ministros consultados por La Jornada, reconocieron que los fideicomisos creados por el Poder Judicial para apoyar a sus juzgadores son ilegales, porque provienen de recursos que no son ejercidos al término del año fiscal. Y al ser interrogados sobre por qué se permite esta ilegalidad, contestaron: “¿Y quién se mete con la Corte?’”
A su vez, los criterios establecidos en los últimos años por la Suprema Corte señalaron que los trabajadores afiliados a la seguridad social sólo pueden aspirar a diez salarios mínimos (21 mil 900 pesos mensuales), salvo que de manera unilateral el IMSS fije un monto superior, con el riesgo de que éste modifique su postura en un futuro ante la inminente falta de recursos.
sjf.scjn.gob.mx/SJFSem/Paginas…
Y con base en acuerdos emitidos por la Suprema Corte y por el Consejo de la Judicatura Federal (los cuales no están previstos en ninguna ley), los juzgadores federales tienen derecho a recibir montos mensuales superiores a 105 mil pesos (jueces), 115 mil pesos (magistrados) y 121 mil pesos (ministros), más aguinaldo de tres meses.
Cabe mencionar que el pasado 3 de octubre, este mismo diario publicó que el PJF en su conjunto tiene un guardadito de 9 mil 270 millones de pesos en fideicomisos para cubrir las pensiones y atención médica de sus juzgadores y altos funcionarios.
Los ministros entrevistados declararon que año con año la SCJN, el CJF y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación solicitan un presupuesto mayor a sus necesidades, lo que les permite administrar los recursos “sobrantes” y destinarlos a fideicomisos, en lugar de regresarlos a la SHCP, como marca la ley.
Asimismo, señalaron que fue el pleno de la Corte el que inició este “doble rasero” en materia de pensiones en julio de 2003, cuando Mariano Azuela Güitrón, presidente del máximo tribunal en esa época, propuso al pleno homologar las pensiones previstas en la reforma constitucional (contempladas únicamente para los 11 ministros que asumieron el cargo en 1994) a 25 ministros en retiro, los que fueron cesados de su cargo con la reforma a la Carta Magna y los que ya habían dejado el cargo, sin importar que algunos hubieran integrado el pleno meses, uno, dos o cinco años.
De esta manera, 25 ministros retirados tuvieron derecho a 80 %del sueldo que perciben los togados en activo, los cuales en los dos primeros años después de dejar el cargo reciben ciento por ciento de su salario, y transcurridos dos años, 80%.
Y ese mismo esquema se implementó para magistrados y jueces, pero debido a que éstos tienen derecho exclusivamente a la pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (que establece un monto máximo de 10 salarios mínimos), la Suprema Corte y el CJF por separado emitieron acuerdos sobre “pensiones complementarias”, que se ajustan anualmente conforme a la inflación.
Fuente
Todo comentario sería OCIOSO.
*NOTA.- El enlace de la imagen de Twitter me las arreglé para que sea activo, por lo cual pueden consultarlo (no es sólo una imagen más).
04/10/2016
De acuerdo con el diario La Jornada, el Poder Judicial de la Federación (PJF) aplica un“doble rasero” (criterio de valoración de una cosa o persona) en materia de pago de pensiones. Por una parte es generoso con “pensiones complementarias” para ministros, magistrados y jueces federales, que les permiten incrementar sus ingresos hasta 80 % del sueldo mensual que recibían en activo
Pero por otro lado, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ratificado que el monto máximo de pensiones para trabajadores del IMSS y del ISSTE debe ser el equivalente a 10 salarios mínimos mensuales.
Asimismo, ministros consultados por La Jornada, reconocieron que los fideicomisos creados por el Poder Judicial para apoyar a sus juzgadores son ilegales, porque provienen de recursos que no son ejercidos al término del año fiscal. Y al ser interrogados sobre por qué se permite esta ilegalidad, contestaron: “¿Y quién se mete con la Corte?’”
A su vez, los criterios establecidos en los últimos años por la Suprema Corte señalaron que los trabajadores afiliados a la seguridad social sólo pueden aspirar a diez salarios mínimos (21 mil 900 pesos mensuales), salvo que de manera unilateral el IMSS fije un monto superior, con el riesgo de que éste modifique su postura en un futuro ante la inminente falta de recursos.
sjf.scjn.gob.mx/SJFSem/Paginas…
Y con base en acuerdos emitidos por la Suprema Corte y por el Consejo de la Judicatura Federal (los cuales no están previstos en ninguna ley), los juzgadores federales tienen derecho a recibir montos mensuales superiores a 105 mil pesos (jueces), 115 mil pesos (magistrados) y 121 mil pesos (ministros), más aguinaldo de tres meses.
Cabe mencionar que el pasado 3 de octubre, este mismo diario publicó que el PJF en su conjunto tiene un guardadito de 9 mil 270 millones de pesos en fideicomisos para cubrir las pensiones y atención médica de sus juzgadores y altos funcionarios.
Los ministros entrevistados declararon que año con año la SCJN, el CJF y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación solicitan un presupuesto mayor a sus necesidades, lo que les permite administrar los recursos “sobrantes” y destinarlos a fideicomisos, en lugar de regresarlos a la SHCP, como marca la ley.
Asimismo, señalaron que fue el pleno de la Corte el que inició este “doble rasero” en materia de pensiones en julio de 2003, cuando Mariano Azuela Güitrón, presidente del máximo tribunal en esa época, propuso al pleno homologar las pensiones previstas en la reforma constitucional (contempladas únicamente para los 11 ministros que asumieron el cargo en 1994) a 25 ministros en retiro, los que fueron cesados de su cargo con la reforma a la Carta Magna y los que ya habían dejado el cargo, sin importar que algunos hubieran integrado el pleno meses, uno, dos o cinco años.
De esta manera, 25 ministros retirados tuvieron derecho a 80 %del sueldo que perciben los togados en activo, los cuales en los dos primeros años después de dejar el cargo reciben ciento por ciento de su salario, y transcurridos dos años, 80%.
Y ese mismo esquema se implementó para magistrados y jueces, pero debido a que éstos tienen derecho exclusivamente a la pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (que establece un monto máximo de 10 salarios mínimos), la Suprema Corte y el CJF por separado emitieron acuerdos sobre “pensiones complementarias”, que se ajustan anualmente conforme a la inflación.
Fuente
Todo comentario sería OCIOSO.
*NOTA.- El enlace de la imagen de Twitter me las arreglé para que sea activo, por lo cual pueden consultarlo (no es sólo una imagen más).