Cosas Que Necesitas Saber si eres programados en Mexico

impvhc

Bovino maduro
#1
Bueno veran, soy un programador novato en el area de ventas, patentes y leyes, asi que me puse a investigar y encontre un poco de informacion util, mas adelante continuare buscando ayuda y talvez cree un tema porque la verdad muchos no saben o bueno de mis compañeros no saben si quiera que no pueden vender sus programas si utilizas una base de datos sin tener que comprar alguna licencia comercial para poder distribuir su programa en fin, esto es solo como un intro a lo que quiero llegar a saber si tengo que patentar o vender un software

¿Qué leyes rigen en México para los programas de cómputo, las bases de datos y su documentación?

Principalmente las siguientes:


  • Ley Federal de Derechos de Autor (LFDA) y su reglamento
Protege los programas de cómputo, su documentación y las bases de datos en forma similar a los libros, las canciones y sus letras, las grabaciones musicales, las pinturas, y demás obras. Tiene además su Reglamento (RLFDA).

  • Ley de Propiedad Industrial (LPI) y su reglamento
Protege elementos que pueden acompañar a un programa de cómputo, como son: marcas, dibujos o íconos distintivos.

  • Código Penal Federal y
  • Código Federal de Procedimientos Penales
Sancionan la producción masiva de COPIAS no autorizadas de programas de cómputo o su venta.
¿Se puede patentar un programa de cómputo?

Originalmente la respuesta era no en todos los países (las patentes se solicitan en cada país y cubren para ese país solamente). Desde principios de la década de los 80's, y solamente en los EE.UU., se empezaron a otorgar patentes para programas, métodos y algoritmos implementados en computadoras. Hoy en día EE.UU. sigue siendo el único país con este registro. Recientemente se modificó una propuesta de ley en el Parlamento Europeo que buscaba hacer lo mismo que en EE.UU; se modificó de tal forma que en la Comunidad Europea las patentes de software siguen sin aceptarse.

¿Y en México?

La LPI, que regula el otorgamiento de patentes en México a las invenciones de productos o de procesos, menciona en su artículo 19 sección IV que los programas de cómputo no son considerados invenciones.

Un programa de cómputo podría ser parte de un invento, sea un producto o un proceso, como un elemento para realizar alguna de las funciones del invento.

DESARROLLO DE SOFTWARE


Si hago un programa de cómputo, ¿necesito registrarlo para que yo tenga derechos de autor sobre de él?

No. LFDA Artículo 5: "La protección ... se concede a las obras desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material... El reconocimiento de los rerechos de autor y de los derechos conexos no requiere registro ni documento de ninguna especie..."



¿Qué recomendaciones puedo seguir si publico o muestro mi programa antes de que lo registre?

Asumiendo que sí eres el titular del derecho de autor de tu programa, incluye en el código fuente o muestra en pantalla al iniciar el programa objeto 'autor:' y 'fecha:' con tu nombre y fecha en que empezaste el desarrollo, o usa el formato:
Derechos Reservados (c) tu-nombre-y-apellidos año-de-publicación
En forma similar al pie de este documento.



REGISTRO DE PROGRAMAS, DOCUMENTACIÓN O BASES DE DATOS


¿Cómo registro un programa de cómputo, su documentación o una base de datos?

Puedes hacerlo personalmente. Sigue el procedimiento que está descrito en Cómo registrar una obra en México. En el caso de programas de cómputo, donde dice 'ejemplar de la obra' será un listado del código fuente o un diskette o disco compacto con el código binario o fuente. Para dudas al final hay teléfonos y correos para preguntar en el INDAUTOR.

Cuánto cuesta la solicitud de registro?

Lo mismo que para registrar un libro, una canción, etc. Es una cuota entre $130 y $140. Checa el procedimiento mencionado en la pregunta anterior.

¿Es difícil el proceso para registrar?

Como todo, la primera vez parece complejo. Es cuestión de hacerlo y ya.

Cuánto tiempo tarda el INDAUTOR en contestar mi solicitud?

Una a dos semanas en México. Solicitudes foráneas pueden tomar de tres a cuatro semanas.



VENTA O LICENCIA DE USO


Hice un programa y su manual, y soy el titular de los derechos. ¿Qué opciones hay para que otros usen mi programa?



  • a. Puedes transmitir tu derecho patrimonial sobre el mismo a otra persona o una empresa, mediante un contrato de cesión de derechos y a cambio de una retribución económica negociada. Dejarás de ser el titular del derecho de autor del programa.
Muy recomendable que te asesores con un abogado para redactar el contrato, y que lo ingreses al Registro Público del Derecho de Autor.

  • b. Puedes licenciar el uso de tu programa a otros, redactando una licencia o usando una ya existente, que indica qué sí se puede hacer y qué no. Tú sigues siendo el titular del derecho de autor del programa.
LICENCIA DE USO


Necesito definir la licencia de uso para mi programa de cómputo antes de registrarlo?

No. Lo que sí tienes que decidir, es si vas a registrar el código fuente o el código binario


espero y les sea de ayuda... la verdad es que a mi me aclaro algunas cosas.
 

bakuAss

Baneado :(
#7
Voto para que adhieran el tema.... soy DG y en la clase de Metodos Legales de Diseño miramos eso que mencionas.... una materia sumamente importante
 
#14
gracias por la informacion, ya he hecho progamas y solo doy el binario cuando los vendo, aun asi es interesante, para poder registrarlos, aunuqe no creo que pueda vender mas de una vez le mismo programa ya que los hago a la medida jajajaja, aunque reutilizo mucho codigo... eso si......
 

ethush

Bovino maduro
#16
excelente información... pero... que sucede cuando usas plataformas de software libre, tengo entendido que tienes que pagar una licencia de software cuando usas un editor de paga digase Visual Studio si programas para una empresa la cual factura con ese programa entonces que sucede???? quien se queda con los derechos de el programa? el programador o la empresa?? y si eres freelance... sucede lo mismo digamos realizas un programa hecho en PHP+AJAX+MYSQL todas estas plataformas son software libre, aunque yo desarrolle con software libre tengo que registrar cada programa, pagina o sistema de escritorio o web que se tenga que hacer???
 

MDSjogren

Bovino maduro
#17
hay, que hueva. mejor le pongo una licencia GPL a mi programa y ya. jeje.
Mi plan simpre ha sido:
Desarrollo para mi empresa, ella sabrá si lo vende, regala etc... ella sabrá que pedo con las licencias... mientras me paguen y mi nombre este en los creditos no hay pedo.

Y lo que yo programo en mis tiempos libres lo regalo a la comunidad de open sourse con una bonita licencia GPL.
 
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