Clínicas y hospitales, obligados a ofrecer la píldora de emergencia

#1
Clínicas y hospitales, obligados a ofrecer la píldora de emergencia
Ministros declaran infundada la controversia presentada por el gobernador Emilio González

Jesús Aranda

Periódico La Jornada
Viernes 28 de mayo de 2010, p. 39


El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) requirió de seis sesiones para confirmar la constitucionalidad de la norma oficial mexicana (NOM-046-SSA2-2005) que obliga a los servicios de salud de todo el país, públicos y privados, a proporcionar la “pastilla del día siguiente” a las mujeres que sean víctima de un ataque sexual.
Diez ministros avalaron la constitucionalidad de la norma y sólo Sergio Salvador Aguirre Anguiano votó “totalmente en contra” del dictamen, por considerar que dicha pastilla es “abortiva”.
Con la decisión, el pleno declaró infundada la controversia constitucional que presentó el gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, contra la disposición federal que protege a las mujeres víctimas de violación.
En la sesión en la que Aguirre intentó, sin éxito, alargar el debate rebatiendo cada argumento y comentario que hacían sus compañeros, quienes optaron por no seguirle el juego para no postergar más la decisión, la Corte dejó en claro que de acuerdo con la Constitución, este asunto está relacionado con la salubridad general, y no con el ámbito penal, por tanto se trata de una disposición federal que deben acatar los estados.
Las instituciones de atención médica del país deberán, aplicar u ofrecer de inmediato, y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el ataque sexual, la anticoncepción de emergencia; previa información completa a la víctima sobre la utilización del método, a fin de que la persona “tome una decisión libre e informada”.
A pesar de que durante las cinco sesiones previas, los ministros habían prácticamente agotado la discusión, ayer Aguirre insistió en que la NOM era inconstitucional, porque permite aplicar métodos abortivos en casos de violación, cuando esto contradice la Constitución de Jalisco, la cual en una reforma reciente (2009) reconoció y garantizó “el derecho a la vida de todo ser humano”, considerado como tal desde la fecundación hasta su muerte natural.
Aseguró que “el ofrecimiento de la anticoncepción de emergencia en caso de violación implicará, en un número indeterminado de casos, la práctica del aborto químico por parte de las instalaciones de salud”, y añadió que esto generará un estado de “inseguridad jurídica” en la entidad.
Cuidadoso para no abrir una rendija nueva al debate, Luis María Aguilar advirtió que de validar los argumentos de Aguirre sobre la ley de Jalisco y el derecho a la vida, “resultaría en la práctica un vicio de indefinición nacional, por lo que en un estado de la República se considerara como inicio de la vida, en otro estado no lo fuera y que los habitantes de este país perdieran o ganaran esos derechos humanos según el territorio en que se encontraran, lo cual resulta insostenible y altamente peligroso”.
El comentario generó un breve diálogo entre los dos ministros. Aguirre incluso lo invitó a debatir sobre los derechos de los estados de incluir en sus constituciones derechos humanos no contemplados en la Constitución general de la República. Aguilar respondió molesto: “¡tómelo como voto particular!”
El ministro instructor, José Ramón Cossío, aprovechó el momento y resumió las observaciones que hicieron sus compañeros a su documento durante los días previos de debate y propuso que se votara el asunto.
Al momento de la decisión, sólo Aguirre votó por la inconstitucionalidad de la NOM. Al hacer la conclusión, el ministro presidente, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, señaló que habían terminado un asunto “muy debatible” y que “probablemente nuestra decisión no convenza universalmente, pero es producto de la convicción personal de cada uno de los ministros, de nuestros conocimientos jurídicos personales y de nuestro leal saber y entender”.

FUENTE
 
#2
Las instituciones de atención médica del país deberán, aplicar u ofrecer de inmediato, y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el ataque sexual, la anticoncepción de emergencia; previa información completa a la víctima sobre la utilización del método, a fin de que la persona “tome una decisión libre e informada”.
Que bueno que se aclara que la decisión es de la mujer; antes de que lleguen fanaticos del siglo XVIII a gritar que el estado anda matando niños.
 

eoz

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#3
Era lo menos que se podía esperar de la corte ante tal desatino del gobernador de Jalisco. Por que hay que decirlo, en las entidades federativas el que manda es el gobernador y a su vez estos por lo regular tienen alguien más poderoso detrás.

Bien por la Corte.
 

firefox2000

Bovino de alcurnia
#4
Creo que con la aprobación de esta ley
México ha dado un gran paso en cuanto a la libertad y los derechos humanos, pero sobre todo a los derechos de la mujer
 

Joker

Moderador risitas
#5
Abuelita soy tu nieto!!

Me queda un poco de duda en el vacío legal que se genera cuando se dice que a las mujeres se les debe de brindar toda la información completa para que sean ellas quienes elijan. Como no hay una homogenidad en cuanto a lo que se entiende por "información completa" me queda la duda si los prestadores de servicios de los estados "mochos" no pretenderán asustar a la víctima para que no haga uso de sus derechos. No es la primera vez que pasa y no será la última. Creo que también debieron normar eso.
 

Robertson

Bovino Milenario
#6
Abuelita soy tu nieto!!

Me queda un poco de duda en el vacío legal que se genera cuando se dice que a las mujeres se les debe de brindar toda la información completa para que sean ellas quienes elijan. Como no hay una homogenidad en cuanto a lo que se entiende por "información completa" me queda la duda si los prestadores de servicios de los estados "mochos" no pretenderán asustar a la víctima para que no haga uso de sus derechos. No es la primera vez que pasa y no será la última. Creo que también debieron normar eso.
Como bien dice el tio Joker, esa frase queda algo ambigua porque no dice quien dará dicha informacion, ni que formacion tendra para ello, en esos Estados mochos serian tan capaces de mandarles al cura de la parroquia para hablarle sobre lo que le acaba de pasar, que la violacion fue una prueba de dios y que las pildoras son abortivas y del demonio, les apuesto lo que quieran.
 
B

Bennu71

Visitante
#7
Que buen paso se a dado con la apobación de la corte, y si la que debe decidir es la mujer y si es verdad lo que menciona Joker deberian ampliar más que se refiere con información completa para que no queden lagunas legales en este tema y personas como el Gobernado de Jalisco quiera sacar provecho debido a ese vacío.
 

Mcleod00

Bovino Milenario
#8
Hasta que por fin hicieron algo para las victimas de violacion, ya se habia tardado esta norma. Pero es cierto lo que comenta Joker, igual y al rato dicen quienes se encargaran de dicho acto.
 

dannyatm

Bovino adicto
#9
Advierte SCJN sanciones por píldora

El Poder Judicial todavía tiene que resolver alrededor de 800 amparos de médicos y hospitales que cuestionaron la NOM.
Foto: Archivo​

La Corte declaró constitucional la NOM que obliga a los hospitales a ofrecer anticoncepción de emergencia a mujeres víctimas de violación

REFORMA/Redacción

Ciudad de México (28 mayo 2010).- José Ramón Cossío, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dijo que si el Gobernador de Jalisco, Emilio González, no acata la resolución sobre la píldora de emergencia, podría ser removido del cargo.

"Si fuera el caso creo que se presentarían diversas posibilidades, él (Emilio González) podría estar en un incumplimiento de sentencia de la Corte que tiene aparejadas muy graves consecuencias", advirtió en entrevista en el noticiero MVS Radio.

"Si al final del día hubiera un desacato de sentencia puede ser removido del cargo y ser sometido a un proceso penal por la comisión de un delito contra la administración de justicia".

De igual modo, señaló, los médicos de los centros de salud que nieguen la píldora anticonceptiva a mujeres víctimas de violación podrían ser sancionados.

"Podría suceder otra cosa que fuera que la autoridades generales del Estado tuviera la píldora y algunos médicos no la quieran dar, en contra de ellos también la Norma Oficial y la Ley General de Salud prevé sanciones", afirmó.

Agregó que será la decisión de la mujer aceptar o no la alternativa.

Ayer, el máximo tribunal declaró constitucional la Norma Oficial Mexicana (NOM) que obliga a los hospitales a ofrecer anticoncepción de emergencia a mujeres víctimas de violación.

La NOM, que prevé también la práctica abortos, previa autorización del Ministerio Público, fue impugnada por el Gobierno de Jalisco.

Por 10 votos contra uno, y luego de seis sesiones de un debate por momentos estancado y repetitivo, el pleno de la Corte finalmente determinó que la NOM-046-SSA2-2005, publicada en 2009, no invadió atribuciones del Congreso de ese Estado.


:chommy:
 

Herlange

Bovino maduro
#11
Como varios indican, eso de dar la información completa quedó muy escueto. Deberían especificar que sólo debe ser acerca de cómo tomarse las pastillas y sobre los efectos secundarios que podrían llegar a presentarse.

Esta decisión es un paso hacia adelante, pero me gustaría que la extendieran a cualquier mujer, no sólo a las víctimas de abuso sexual. Hay mucho chavo (y otros no tanto) que no sabe ni ponerese el condón (hay mucha información de cómo, pero la verdad casi nadie les dice directamente como ponérselo bien) y acaba tronándose y ni cuentan se dan hasta que acaba el asunto. Muchos embarazos adolescentes (y otros) podrían evitarse de esta manera. Pero como dije, al menos el primer paso está dado.

Hasta que la SCJN da un veredicto justo en mucho tiempo.
 
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