Alguien de aqui,le han embargado ?

#1
bueno quisiera preguntar, experiencias o mas bien malas experiencias sobre los juicios ejecutivos mercantiles, si bien saben cuando se firma un pagare u otra forma de titulo de credito,pero en particular un pagare, entonces llegado la notificacion de embargo, y su contestacion ,que procede, como saber el tiempo para el embargo o como saber si lo has ganado el juicio o perdido?

he estado checando en muchas paginas y sitios de internet, pero en si no profundizan y tampoco en si, tienen un enfoque especifico para los diversos casos,por eso si alguien que pudiera aportar informacion ha este tema dejo abierto el tema, pero como redacto ,veamos en el caso de un juicio ejecutivo mercantil, donde existe un pagare, y ademas donde no existen titulos de propiedad del deudor, donde existen pagos ala suerte principal del deudor y donde el acreedor exigue el pago de la deuda total sin contar,los ya referidos pagos ala suerte principal(deuda), y mi pregunta va tambien sobre la proteccion ,llamese leyes , sobre la imparticion de la justicia en este caso de una instiyucion financiera hacia los ciudadanos, osea el juicio debe regirse justamente ,porque si en caso de como señala el procedimiento que en caso, la suerte principal o deuda a cobrar por parte del acreedor se triplica entonces no veo justa imparticion de la justicia , mas bien es un insentivo ala practica de la usura y de explotacion del hombre por el hombre ,por parte de las instituciones financieras y con claro goze de ventajas juridicas por parte del estado.
 
#2
He venido leyendo tus comentarios y temas abiertos recientemente y veo que eres un; digamos... Idealista.

Se fomenta la usura por cobrar una deuda al triple?

Sabes porque el dinero se debe cobrar con intereses? Te lo explicó de forma muy simple, nuestro sistema económico al igual que la gran mayoría de los otros sistemas se compone de "factores" para nuestro caso, estos factores son Tierra, Capital y trabajo. Cada factor debe generar o producir un beneficio, para el caso de la tierra es la renta, para el trabajo es el sueldo y para el capital adivina, si el interés.

Ahora te cuento, hace algunos años me dedicaba a instalar aserraderos y maquinaria industrial, en una ocasión un cliente privado me pide un presupuesto y se lo doy, el lo estudia y acepta darme la obra. Para proceder le explicó que debemos elaborar un contrato puesto que no estamos hablando de pocos pesos, total que se le pide como garantía de pago un bien y se fija un interés moratoria al pago.

Total que se hace la obra y empiezan a operar, llega la fecha pactada para elpago y me sale con la mamada que no puede pagar porque esta empezando operaciones y la nómina y la renta y su puta madre, le digo esta bien y de palabra le doy otros dos meses, con la finalidad de conservar al cliente.

Llegan los dos meses y al cobrar me sale con la pendejada que no fui en la fecha estipulada en el contrato y que ya no me va a pagar porque ya reinvirtió.

No le dije nada, simplemente lo demande porque entendí que el tipo sólo buscaba evadir el pago.

Total que en 8 meses que duró el asunto, no sólo me tuvo que ceder la propiedad que había puesto en garantía sino que me pagó interés moratorio y le embargue todo el equipo instalado. Perdió casi cuatro veces lo que en realidad debía pagar.

Como la vez?

Saludos
 
#3
gracias por opinar,

que pasa si ,digamos un empresario, firma un pagare, por una maquina CNC, entonces queda con el acreedor que va ir dando pagos, este lo endosa o simplemente demanda por incumplimiento, pero "ojo" el incumplimiento nunca se dio, sino que el acreedor lo hace de mala fe, no dice nunca ya te demande, y el deudor sigue abonando pagos y solo hasta que le llega la notificacion de demanda entonces se da cuenta,

el acreedor demando ya meses atras, como hace el deudor , si ya hasta le embargaron la maquinaria, hasta por tres veces el monto o suerte principal, porque es donde no entiendo , la ley de titulos de credito,el acreedor supuestamente va con todas las de la ley, pero en efecto, la ley esta apoyando un robo, la usura ,simplemente el deudor lleva las de perder, por eso cito la usura ,el medio por el cual un acreedor obtine , tanto pagos ordinarios y extemporaneos y despues en juicio, puede exigir ,como segun lo etablece las leyes mercantiles el triple de la cntidad inicial ,

aclarando que en el caso en el cual de plano no pago ,pues adelante ,pero en casos en los que se da para chingar,pues no mamar.
 

Conmebol

Baneado :(
#4
gracias por opinar,

que pasa si ,digamos un empresario, firma un pagare, por una maquina CNC, entonces queda con el acreedor que va ir dando pagos, este lo endosa o simplemente demanda por incumplimiento, pero "ojo" el incumplimiento nunca se dio, sino que el acreedor lo hace de mala fe, no dice nunca ya te demande, y el deudor sigue abonando pagos y solo hasta que le llega la notificacion de demanda entonces se da cuenta,

el acreedor demando ya meses atras, como hace el deudor , si ya hasta le embargaron la maquinaria, hasta por tres veces el monto o suerte principal, porque es donde no entiendo , la ley de titulos de credito,el acreedor supuestamente va con todas las de la ley, pero en efecto, la ley esta apoyando un robo, la usura ,simplemente el deudor lleva las de perder, por eso cito la usura ,el medio por el cual un acreedor obtine , tanto pagos ordinarios y extemporaneos y despues en juicio, puede exigir ,como segun lo etablece las leyes mercantiles el triple de la cntidad inicial ,

aclarando que en el caso en el cual de plano no pago ,pues adelante ,pero en casos en los que se da para chingar,pues no mamar.
Como todo lo que tenga que ver con dinero, la seriedad es pieza fundamental, cuando se hace un programa a pagos debe existir recibos o contra vales por el monto entregado, así si el deudor cayó con una rata sin escrúpulos, el tiene como ampararse, de lo contrario si el acreedor busca chingar, también puede ser demandado para comprobar que NO recibió el dinero.

No se trata que la ley promueva la usura, se trata que las personas siempre buscan su propio beneficio.


Por ejemplo, la ley no obliga a un papá a buscar trabajo para dar pensión, si el tipo es un bueno para nada sólo queda en jalón de orejas pero ni le cortan el pájaro para no embarazar a otra ni le obligan a buscar trabajo.


Lo mismo en una deuda, el que no paga se va al bote, a mi como acreedor que me sirve verlo encerrado, yo quiero mi dinero para seguir invirtiendo...


Saludos
 

EL N3W

Bovino maduro
#5
gracias por opinar,

que pasa si ,digamos un empresario, firma un pagare, por una maquina CNC, entonces queda con el acreedor que va ir dando pagos, este lo endosa o simplemente demanda por incumplimiento, pero "ojo" el incumplimiento nunca se dio, sino que el acreedor lo hace de mala fe, no dice nunca ya te demande, y el deudor sigue abonando pagos y solo hasta que le llega la notificacion de demanda entonces se da cuenta,

el acreedor demando ya meses atras, como hace el deudor , si ya hasta le embargaron la maquinaria, hasta por tres veces el monto o suerte principal, porque es donde no entiendo , la ley de titulos de credito,el acreedor supuestamente va con todas las de la ley, pero en efecto, la ley esta apoyando un robo, la usura ,simplemente el deudor lleva las de perder, por eso cito la usura ,el medio por el cual un acreedor obtine , tanto pagos ordinarios y extemporaneos y despues en juicio, puede exigir ,como segun lo etablece las leyes mercantiles el triple de la cntidad inicial ,

aclarando que en el caso en el cual de plano no pago ,pues adelante ,pero en casos en los que se da para chingar,pues no mamar.
Bueno primero, la ley te embarga si no respondes la demanda. el ministerio publico primero cuando alguien presenta una demanda, se le hace saber al deudor, por medio de visitas, llega el agente o licenciado del ministerio y tenotifica que tienes una demanda de x persona por x asunto, el cual te hace firmar los documentos, pero ojo debes de checar que los documentos tenga el sello oficial del ministerio publico de tu localidad, si no te encuentran y nunca firmastes de que estas enterado de dicha demanda no te puden embargar, ahora bien si estabas enterado de dicha demanda y te hiciste pendejo entonces ahi si procede. en tu caso el deudor debio presentar todos los pagare ya pagados al mp y demostrar que el atraso nunca existio.
 
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