Amigo. Cómo puede ser así de...de... DE indulgente y quererse poco usted mismo!!!
Eso se llama
ADULTERIO. Está contemplado como delito, puede demandarla (DIF) y quitarle la patria potestad
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No es mi intención hacerte sentir peor, pero desafortunadamente no es adulterio, ya que el código penal establece que es adulterio, el acto sexual cometido dentro del domicilio conyugal, y aún así necesitarias pruebas irrefutables (fotografías o videos) del acto sexual, y o bien, que al ver que ella está dentro del domicilio conyugal, y estás seguro que sostiene relaciones sexuales con el tipo dentro de la casa que ha sido su hogar (el tuyo y el de ella), acudas con gente del mp para caerla in fraganti y se pruebe plenamente el acto.
Sin embargo, aún así no puedes solicitar la patria potestad, ya que si dices que apenas tiene unos meses, la subistencia del menor depende de los cuidados y la leche materna, por lo cual deberá permanecer al lado suyo a menos que la madre esté incurriendo en prácticas que pongan en peligro la seguridad física o moral del menor
PERO lo que si puedes solicitar es que no se te niegue el visitar al infante (a menos que tengas conductas que afectan o pongan en peligro su desarrollo, por ejemplo, que caigas en el alcoholismo o drogadicción), o que se pruebe que no seas el padre biológico de la criatura.
También puedes solicitar que te sea aceptada una pensión alimentaria, ya que es irrenunciable (algo importante es que la(el) bebé esté registrado a nombre tuyo) y a esto su madre por ningún motivo puede negarse, ya que de acuerdo a la ley, el hacer esto sería como aceptar el poner en peligro la vida del menor por falta de alimentos, y ya que esta obligación nace con el parentezco, en cuyo caso, puede ser que te peleen del 15 al 20% de tus ingresos netos, (por ejemplo, si trabajas y recibes 50,000 mensuales, y tienes un changarro en donde ganes otros 5,000 al mes, al niño le corresponde un porcentaje de esos $10,000) claro que si no tienes empleo, se te toma como base el salario mínimo, por lo cual andarias dando apenas un poco más de $100 quincenales, y una vez que te sea fijada la pensión, quedarás ligada a ella hasta que termine sus estudios con calificaciones aprobatorias, o que te falte al respeto, que se pruebe que el menor no es tu hijo biologico, (si luego de unos años de estar dando pensión sucediera esto último, puedes demandar para que te sea devuelto TODO el dinero que has dado hasta esa fecha) etc.
Sin embargo, si sabes que tiene conductas de riesgo para el menor, documéntalas debidamente (no cometas el error de intervenir correo o celular, ya que es invasión a la privacidad y es delito, por lo cual tu saldrías siendo ahora un delincuente, y hasta puedes perder tus derechos sobre el menor) me refiero a fotos de ella en estado inconveniente, fumando justo al menor, con lesiones claramente infligidas por la madre o su nueva pareja, desnutrición, poniéndolo en riesgo, etc., y puedes demandar, con lo cual te puedes quedar con la custodia definitiva, o tal vez acudiendo junto al mp o juez del estado familiar, o con personal del dif a su casa si te enteras que dejó al menor encerrado y sin cuidados en su hogar....
Bueno, pues en todo caso, te recomiendo compres un código civil de tu entidad, en los primeros artículos viene lo que necesites saber, aunque si te recomiendo ampliamente que busques asesoría jurídica adecuada
Me gustaria ayudarte más, así que por cualquier cosa me mandas mensaje y en lo que se pueda te ayudo para que sepas guiarte bien en esto.
Se me olvidaba, la casa puedes pelearla tú, ya que si demandas primero se te dará preferencia ante todo por ser la pareja inocente, y no debiste salirte de tu hogar a menos que fuera por poner a salvo la integridad del menor, y muévete antes que te demande por abandono de hogar y de responsabilidades, por lo cual si quieren te pueden ensartar bien y bonito. Si quieres el divorcio, te recomiendo demandar por injurias y malos tratos.