Toma tus precauciones contra la censura del Internet

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Bovino Milenario
#21
@Zephyros

Se podria configurar el delito de robo yendo muy a la segura... Es decir, estas tomando una cosa (en este caso una señal)sin ser su dueño y que estas haciendo y deshaciendo sin ningun tipo de consentimiento o algo que legalmente permita su uso. El internet no llega a tus manos solo por que tu quieres, basicamente te tienes que adherir a un guion administrativo para poder acceder a dicho servicio... el "vecino" legalmente no tiene derecho a usar el servicio y que de hecho utiliza metodos cracker para obtenerlo.

Aqui pasa algo bien interesante de hecho y te confieso que se me acaba de ocurrir... en todo caso el mas apto para demandar robo seria la compañia de internet mas no el usuario, pero este ultimo juega un papel importante, te explico: Entre el usuario y la compañia de cable existe un "contrato" que para no abundar mucho en ese tema ambas partes tienen que cumplir: Mientras el usuario pague, la compañia le tiene que garantizar el servicio tal cual se estipulo (mega x mega) ahi puede existir un reclamo legitimo.

Esa seria la escusa perfecta para la compañia de cable para alegar delito de robo (apoderamiento de cosa ajena que afecta al patrimonio de la compañia (y tambien del usuario) de manera ilegitima y dolosa... Existen otros elementos tipicos que no he mencionado pero para los fines didacticos creo que de momento mi ejemplo cumple.

Ademas hay que mencionar que ya se podria contar con un testigo: el usuario y datos que la compañia de cable puede tener.

Me gusta el reto fijate, ojala algun dia pueda profundizar mas por medio de la practica.
 

MrNoBody2

Bovino maduro
#22
Gracias a todos por demostrar mi punto. Mi opinión personal es que a todos nos gusta tener cosas sin pagar, pero protestamos si alguien nos hace lo mismo. Sí, todos somos hipócritas. Yo, el primero.
Ahora, si la censura al internet procede, pasará igual que cuando estuvo la SOPA. Un período muy malo en el que los contenidos y páginas como esta serán casi tabú, y después un remanso ya que los abogados hayan estudiado bien la ley y encuentren un resquicio legal para que todo siga igual (o casi igual) que como estaba antes. Y sí, el acceso al contenido "polémico" se hará cada vez más elitista, como ahorita es por ejemplo la Deep Web. Nada debe ser para todos, sino sólo para los que sean capaces.
Pero sólo les digo que lo masivo está condenado a la extinción. Y lo exclusivo es lo más caro.
Por eso jamás se logrará lo que pretende Mark Zuckerberg de dar internet gratis al planeta entero, porque se acabaría el negocio para todos los ISP, entre ellos nuestro querido SLIM.
 

Zephyros

Bovino de la familia
#23
@Zephyros

Se podria configurar el delito de robo yendo muy a la segura... Es decir, estas tomando una cosa (en este caso una señal)sin ser su dueño y que estas haciendo y deshaciendo sin ningun tipo de consentimiento o algo que legalmente permita su uso. El internet no llega a tus manos solo por que tu quieres, basicamente te tienes que adherir a un guion administrativo para poder acceder a dicho servicio... el "vecino" legalmente no tiene derecho a usar el servicio y que de hecho utiliza metodos cracker para obtenerlo.

Aqui pasa algo bien interesante de hecho y te confieso que se me acaba de ocurrir... en todo caso el mas apto para demandar robo seria la compañia de internet mas no el usuario, pero este ultimo juega un papel importante, te explico: Entre el usuario y la compañia de cable existe un "contrato" que para no abundar mucho en ese tema ambas partes tienen que cumplir: Mientras el usuario pague, la compañia le tiene que garantizar el servicio tal cual se estipulo (mega x mega) ahi puede existir un reclamo legitimo.

Esa seria la escusa perfecta para la compañia de cable para alegar delito de robo (apoderamiento de cosa ajena que afecta al patrimonio de la compañia (y tambien del usuario) de manera ilegitima y dolosa... Existen otros elementos tipicos que no he mencionado pero para los fines didacticos creo que de momento mi ejemplo cumple.

Ademas hay que mencionar que ya se podria contar con un testigo: el usuario y datos que la compañia de cable puede tener.

Me gusta el reto fijate, ojala algun dia pueda profundizar mas por medio de la practica.
Interesante el ejemplo, pero sigue siendo ambiguo el concepto de "robo de megas", en todo caso -y sucede muuuy seguido- el usuario mismo podría demandar a la compañía por ese "robo de megas" en la velocidad de conexión cuando no reciba una velocidad por la que sí está pagando.

Me parece que el concepto de "robo de megas" -por llamarlo de alguna manera- no procede y te diré porqué. si aplicas el ejemplo con algo que llegue de una manera similar a tu hogar, digamos el ruidero de la música del vecino y tú te pongas a escuchar dicha música, puede el vecino alegar robo, si el sonido ha llegado a "invadir" tu propiedad privada y tú simplemente lo escuchas -el para qué o porqué es lo de menos para este ejemplo-. Lo mismo sucede con, digamos, el aroma de la comida que cocine el vecino que llega a tu casa cuando tienes las ventanas abiertas, puede el vecino alegar robo? -de qué?-.

En términos legales, lo que puede alegarse es ataque a una red privada, con fines de explotación ilegal de la misma -ponerse a descargar como loco contenido X o Y-, y ademas, el obtener información privada y de uso exclusivo en las computadoras del vecino (a menos que éste acepte compartirla contigo), me refiero a la contraseña de acceso. Entonces sí podría existir un delito tipificado como tal y podría tambien procederse legalmente en contra del atacante, pero como bien mencionabas en otro comentario, viene lo complicado, descubrir quién es el HDP y demostrarlo mediante pruebas. Ahí viene mi trabajo, que es hacer auditoría a la conexión y recabar esas pruebas para poder entablar una demanda en contra de quien resulte culpable. Pero nuevamente volvemos a la cagada de legisladores que tiene México, no existe una ley -hasta donde tengo entendido- que permita proteger nuestras redes privadas -como las hay en otros países realmente desarrollados- y que nos garantice que el culpable recibirá el castigo que se merece acorde al delito cometido.

Desafortunadamente y no por nada, a México se le conoce como "el país donde no pasa nada...", excepto errores tras errores por parte de los que "se supone" deben garantizar nuestros derechos y cuando corresponde, hacernos cumplir nuestras obligaciones.

Me gustaría que alguien más empapado en temas legales y preferentemente en el rubro que se trata en este tema, nos ilumine el camino y nos ayude a salir de dudas.
 

darinel8

Bovino adicto
#24
CODIGO PENAL FEDERAL

LIBRO SEGUNDO


TITULO QUINTO DELITOS EN MATERIA DE VIAS DE COMUNICACION Y CORRESPONDENCIA


CAPITULO I ATAQUES A LAS VIAS DE COMUNICACION Y VIOLACION DE CORRESPONDENCIA


ARTICULO 167
.....

VI.- AL QUE DOLOSAMENTE O CON FINES DE LUCRO, INTERRUMPA O INTERFIERA LAS COMUNICACIONES, ALAMBRICAS, INALAMBRICAS O DE FIBRA OPTICA, SEAN TELEGRAFICAS, TELEFONICAS O SATELITALES, POR MEDIO DE LAS CUALES SE TRANSFIERAN SEÑALES DE AUDIO, DE VIDEO O DE DATOS;
 

Zephyros

Bovino de la familia
#25
CODIGO PENAL FEDERAL

LIBRO SEGUNDO


TITULO QUINTO DELITOS EN MATERIA DE VIAS DE COMUNICACION Y CORRESPONDENCIA


CAPITULO I ATAQUES A LAS VIAS DE COMUNICACION Y VIOLACION DE CORRESPONDENCIA


ARTICULO 167
.....

VI.- AL QUE DOLOSAMENTE O CON FINES DE LUCRO, INTERRUMPA O INTERFIERA LAS COMUNICACIONES, ALAMBRICAS, INALAMBRICAS O DE FIBRA OPTICA, SEAN TELEGRAFICAS, TELEFONICAS O SATELITALES, POR MEDIO DE LAS CUALES SE TRANSFIERAN SEÑALES DE AUDIO, DE VIDEO O DE DATOS;
Sigue siendo una ley incompleta y demasiado general. Hay muchos detalles que quedan "al vuelo" y de donde cualquier persona con un poco de sentido común, podrá tomar como muestra y defenderse en caso de ser acusada por ello.

Artículo 168 bis. .- Se impondrán de seis meses a dos años de prisión y de trescientos a tres mil días multa, a quien sin derecho:

  • Descifre o decodifique señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas, o .
  • Transmita la propiedad, uso o goce de aparatos, instrumentos o información que permitan descifrar o decodificar señales de telecomunicaciones distintas a las de satélite portadoras de programas.
Estos dos artículos, dan sustento a mi comentario sobre obtener la contraseña de acceso del internet "del vecino" y utilizar la conexión para fines propios (descarga masiva de contenido con derechos de autor).

Pero ojo, en ninguna parte de la misma se indica cómo se procederá para descubrir al culpable y mucho menos qué medios habrán de utilizarse y qué pruebas serán validas para procesarlo -si lo encuentran-.

Vuelvo a lo mismo, la ley es demasiado general.
 

jarochilandio

Bovino de la familia
#26
En suma: con o sin Ley, te harán "culpable" de lo que quieran, si lo que persiguen es hallar un chivo expiatorio para lo que se les ocurra. Y eso no sólo sucede en México, sino en el mundo entero. Es el chiste de que las leyes sean tan ambiguas (dejan la puerta abierta para todo tipo de interpretaciones, así los laudos, resoluciones o veredictos finales resulten contradictorios de un caso a otro -algo muy común-).
 
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