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Perfila SCJN amparo a bancos por pagarés

dannyatm

Bovino Milenario
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Y mientras nos ocupamos de perverto y los chavos del tec, acá se las gastan así...


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La sesión duró menos de una hora y los puntos centrales del debate serán resueltos mañana.
Foto: Archivo​

Discute el Pleno el primero de 12 amparos promovidos por bancos o inversionistas sobre las tasas aplicables a pagarés que datan de hace 30 años
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Víctor Fuentes
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Ciudad de México (22 marzo 2010).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encamina a proteger a los bancos contra sentencias que los han condenado a pagar cantidades multimillonarias por depósitos recibidos en los años 80, pero los Ministros difieren sobre la mejor forma de llegar a esta conclusión.

El Pleno de la Corte discutió hoy el primero de 12 amparos promovidos por bancos e inversionistas para aclarar si los pagarés debieron renovarse automáticamente con la misma tasa de interés con la que fueron pactadas.

La sesión duró menos de una hora y los puntos centrales del debate serán resueltos mañana.

El primer proyecto de sentencia se refiere a un amparo de Banamex, por la demanda de un inversionista de Chihuahua que reclamó un pagaré de 400 mil viejos pesos contratado en mayo de 1987 con plazo inicial de 30 días, que tenía una tasa de interés neta de 91.3 por ciento anual, y que según el demandante en 2004 ya ascendía a más de mil 467 millones de pesos.

Para poner en contexto lo que significa esta tasa, común en esa época por la elevada inflación, actualmente los Cetes a 28 días pagan tasas menores a 4.5 por ciento anual.

Los 400 mil viejos pesos equivalían a 284 dólares en 1987, pero con la tasa fija, el reclamante podría cobrar más de 100 millones de dólares.

El proyecto propone amparar a Banamex contra una sentencia dictada por el Supremo Tribunal de Justicia Chihuahua (STJCH), declarar que el pagaré sí tenía una tasa fija por toda su duración, pero que dicha cláusula del contrato es nula porque se opone a las leyes en la materia, y por tanto deben aplicar las tasas que Banco de México ha ido fijando de acuerdo a la realidad económica del País.

Pero el Ministro Salvador Aguirre Anguiano, apoyado en parte por Luis María Aguilar y José Ramón Cossío, consideró que la Corte no debe anular la cláusula, sino que basta interpretarla para aclarar que la tasa no es fija.

"De no contar con instrucciones al vencimiento (el pagaré) se renovará bajo las mismas condiciones", dijo Aguirre, al leer a sus colegas una leyenda que se incluía en los pagarés de esa época, y que en buena medida ha provocado estos litigios.

"Aquí vale la pregunta, ¿cuáles eran las mismas condiciones, estábamos en presencia de una tasa fija inconmovible? Yo pienso que no es así, porque en esta materia, por referencia de las leyes entonces aplicables, debíamos de ir a la Ley Reglamentaria del Servicio de Banca y Crédito", agregó.

El Presidente Guillermo Ortiz advirtió, sin embargo, que el proyecto fue presentado en esos términos porque la demanda de amparo de Banamex no contiene un alegato expreso contra la parte de la sentencia del STJCH que interpretó que la tasa era fija por toda la duración del contrato.

Esta deficiencia impediría a la Corte realizar la interpretación propuesta por Aguirre, ya que en este tipo de juicios, el tribunal no puede subsanar errores en las demandas de amparo.

Sin importar qué método prevalece, todo indica que los Ministros llegarán a la misma conclusión: que la tasa de interés no es fija y deben prevalecer las señaladas por Banxico, lo que disminuirá radicalmente los montos involucrados en estos juicios.

El otro punto que deberá resolver la Corte, y que hoy no fue discutido, es si una vez aclarada la tasa se deben capitalizar los intereses.

En 1998, el máximo tribunal determinó que la capitalización o anatocismo es válida cuando las partes la pactan expresamente, por lo que deberá resolverse si ese fue el caso en estos contratos.

Cada amparo tiene características especiales, por lo que no necesariamente lo que se resuelva en uno aplicará para el siguiente, pero el tema central quedará zanjado cuando la Corte determine la tasa de interés aplicable.


:tomate:
 
que habra pasado con una señora que estaba en la mismasituacion pero que la corte le habia dado el fallo a la señora pero el monto ascendia a no se cuantos miles millones de pesos??????
 
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